sábado, 13 de junio de 2020

LA COMUNION EN LA BOCA EN TIEMPOS DE EPIDEMIA



Transcribimos a continuación una traducción de un comunicado de la Federación Una Voce.

Foederatio Internationalis 

Una Voce

Quae patronum invocat sanctum Gregorium Magnum Papam.

Comunicado de prensa 

Comunión en la lengua y epidemia


Dada la reciente declaración del Arzobispo Thomas J. Rodi de Mobile, de Alabama, en los Estados Unidos de Norteamérica, sobre el distanciamiento social durante la recepción de la comunión y otros temas en torno a la recepción de la comunión en todo el mundo, en el contexto de la epidemia de coronavirus, la Foederatio Internationalis Una Voce (FIUV) desea hacer públicas las siguientes observaciones.


1. En la forma ordinaria, la ley universal de la Iglesia otorga a todos los católicos el derecho de recibir la comunión en la lengua. Esto ha sido reafirmado por la Congregación del Culto Divino durante casos anteriores relativos a la salud pública, como la llamada “gripe porcina” de 2009 (véase, por ejemplo, Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, Instrucción Redemptionis Sacramentum (2004), núm. 92; Congregación del Culto Divino, carta de de 24 de julio de 2009, Prot. N. 655/09/L).


2. En la forma extraordinaria, la ley universal de la Iglesia permite la recepción de la comunión solamente en la lengua (véase Pontificia Comisión Ecclesia Dei, Instrucción Universae Ecclesiae (2011), núm. 28; Congreación de Culto Divino, Instrucción Memoriale Domini (1969)).


3. En ninguno de estos dos casos puede el Ordinario desobedecer la ley de la Iglesia.


4. El problema de mantener una distancia física entre el ministro y quien comulga durante la distribución de la comunión incluye del mismo modo la recepción en la mano y la recepción en la lengua. En ambos casos, el ministro y el comulgante están obligados a acercarse uno al otro, aunque sólo por un breve momento, y sin tocarse. Es difícil ver cómo incluso con el uso de un instrumento, como un par de tenazas (respecto de las cuales hay precedentes históricos), podrían el ministro y el comulgante mantener entre sí la distancia de seis pies o dos metros.


5. El Derecho Canónico es con razón muy restrictivo en cuanto a las penas que los obispos pueden imponer a sus sacerdotes por infringir normas que ellos mismos formulen. El intento del obispo Rodi de prohibir la celebración de Misas públicas a los sacerdotes que no obedezcan sus normas -lo que equivale a una suspensión parcial del sacerdote- excede todo lo que el Derecho Canónico parece justificar (véase los cánones 1316-1319).


6. Se hace cada vez más evidente que no existe una clara base científica para la idea de que la comunión en la lengua transmite más el coronavirus que la recepción en la mano. Así se lo han hecho ver los expertos al Arzobispo Alexander Sample, de Oregon, EE.UU., y al Arzobispo José Antonio Eguren, de Piura, Perú, y es también la opinión de los expertos vinculados a las directrices del Thomistic Institute, de Washington DC, EE.UU. Si algún obispo en cualquier parte del mundo tiene a su disposición estudios u opiniones de expertos contrarios a este creciente consenso, le incumbe hacerlos públicos con carácter de urgencia.


7. Cuando lo han exigido las circunstancias del lugar, se ha suspendido por los obispos y las autoridades públicas la recepción de la comunión, la celebración de Misas abiertas al público e incluso la apertura de las iglesias para la oración privada. Estas medidas han sido, al menos, imparciales y, hasta donde lo justifica la preocupación por la salud pública, no infringen los derechos de los fieles. A medida que estas restricciones se alzan gradualmente en todo el mundo, urgimos a los obispos a que sigan obrando de acuerdo con los consejos de los expertos y a que no impongan a ciertos sacerdotes y fieles restricciones mayores que las que se imponen a otros, por respeto a los derechos de los fieles.


El Presidente y consejeros de la Foederatio Internationalis Una Voce
8 de junio de 2020.



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